martes, 10 de diciembre de 2013

Absolutismo


Absolutismo es la denominación de un régimen político, un periodo histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado (el Estado absoluto), propios del Antiguo Régimen; caracterizados por la pretensión teórica (con distintos grados de realización en la realidad) de que el poder político del gobernante no estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina.1 Es un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejercicio del poder (legislación, administración y jurisdicción) se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por debajo;2 lo que implica la identificación de la persona del rey absoluto con el propio Estado:

La frase latina, de origen medieval; la francesa, atribuida a Luis XIV.3
No debe confundirse con el totalitarismo, concepto propio de la Edad Contemporánea.
El oscuro origen etimológico del término "absolutismo" incluye (además de su relación con el verbo absolver)4 la expresión latina princeps legibus solutus est ("el príncipe no está sujeto por la ley"), original de Ulpiano, que aparece en el Digesto, y que fue utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer el poder real en el contexto de la recepción del derecho romano durante la Baja Edad Media. Algo más tarde, el jurisconsulto Balde (Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bártolo), usa la expresión poder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder ordinario de los nobles.5 La utilización del término se generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo, como ocurría en la débil monarquía castellana de Enrique IV "el Impotente", cuya cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: E yo de mi propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...6
Según Bobbio, en términos kantianos, el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a sus súbditos solamente derechos y ningún deber (coactivo); el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de una ley que él mismo haya elaborado, ya que está desligado del respeto a la ley popular (populum legis)". Esta definición sería común a todos los iusnaturalistas, como Rousseau o Hobbes.7

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